Control Interno

El Área del Órgano de Control Institucional es responsable de programar, ejecutar y evaluar acciones de Control Administrativo, Financiero, Educativo e investigaciones en el ámbito de la jurisdicción de UGEL de Chincheros.
Orgánicamente depende de la Unidad de Gestión Educativa Local, funcionalmente y administrativamente a la Contraloría General de la República como integrante del Sistema Nacional de Control del Sector Educación, está representado por el Director del Área del Órgano de Control Institucional.
Dicha Área tiene acceso a toda información y documentación incluyendo la calificada como secreta, confidencial o reservada.

SUS FUNCIONES SON:

a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de los lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control.
b) Efectuar auditorias a los estados Financieros y Presupuestarios de la entidad, así como a la gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale la Contraloría General.
c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que disponga la Contraloría General, así como las que sean requeridas por el Titular de la entidad. Cuando éstas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a la Contraloría General, por el Jefe del OCI. Se consideran actividades de control, entre otras las evaluaciones diligencias, estudios investigaciones, pronunciamientos, supervisiones y verificaciones.
d) Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al Órgano de más alto nivel de la entidad, con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e instrumentos de Control Interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de su función, vía el control posterior.
e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General, así como al Titular de la entidad y del sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre la materia.
f) Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre los actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponde a su mérito y documentación sustentatoria respectiva
h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control, aprobada por la Contraloría General, de acuerdo a los Lineamientos y disposiciones emitidas para el efecto.
i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas, que adopte la entidad, como resultado de las acciones y actividades de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de los procesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control
j) Apoyar a las comisiones que designe la Contraloría General, para la ejecución de las acciones de control en el ámbito de la entidad. Así mismo el Jefe del OCI, y el personal de dicho órgano colaborarán, por Disposición de la Contraloría General, en otras acciones de control externo por razones operativas o de especialidad.
k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de ésta
l) Formular y proponer el Presupuesto Anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondiente por la entidad.
m) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que formule la Contraloría General.
n) Otras que establezca la Contraloría General.
 

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